El Estudio analiza, a través de una encuesta realizada a más de 100 profesionales, el conocimiento y experiencia que los principales despachos de abogados y empresas españolas tienen sobre la financiación de litigios. Todo ello, con el fin último de determinar el estado actual de la práctica en España y seguir de cerca su desarrollo.
Los perfiles de los encuestados son, entre otros, socios, consejeros o asociados senior de despachos de abogados y directores de asesoría jurídica, abogados internos o directores financieros de diferentes empresas y despachos de abogados, lo que ha permitido obtener una visión transversal sobre el estado de la industria de la financiación de litigios en España.
Del Estudio se desprende que la financiación de litigios ya va permeando en España, aunque todavía tiene un largo recorrido si tenemos en cuenta su utilización en otras jurisdicciones. Un porcentaje muy alto de los encuestados ha oído hablar de la financiación de litigios y arbitrajes (87 %) y está interesado en conocer más información al respecto (80 %).
También se confirma el interés en hacer uso de esta nueva herramienta de dinamización de los activos litigiosos. El 74 % de los encuestados valora con una probabilidad media – alta hacer uso de los servicios de los fondos de litigios a corto-medio plazo.
Este apetito por parte de las empresas y despachos de abogados es la prueba de que en España es necesario fomentar métodos alternativos de financiación, como el third party funding, que canalicen de forma eficiente la oferta de fondos hacia el tejido productivo español para hacerlo más competitivo.
Los beneficios que aporta la práctica de la financiación de litigios quedan confirmados con los datos que arroja el Estudio. Los encuestados coinciden en términos generales en que los fondos de litigios pueden ayudar a profesionalizar la justicia (87 % total o parcialmente de acuerdo) y en que, además de financiar el coste de los litigios o arbitrajes, pueden aportar a los despachos de abogados y a las empresas otro tipo de soluciones de alto valor añadido (98 % total o parcialmente de acuerdo).
Algunos detractores de los fondos de litigios sostienen que esta práctica trae aparejado el aumento de la litigiosidad. Sin embargo, puede demostrarse que dicha afirmación está muy alejada de la realidad. Su percepción obedece al desconocimiento de la industria y el debate en este sentido está ampliamente superado.
En este sentido, la tasa de conversión media del sector no excede del 3 %. Los fondos de financiación de litigios tienen que seguir una metodología estricta ajustada a las mejores prácticas de mercado para poner a jugar el dinero de los inversores institucionales en el marco de sus políticas de inversión.
Puede descargar el Estudio completo aquí